Desde tiempos inmemoriales, España ha sido una monarquía. En su Historia únicamente dictaduras y repúblicas se han alternado con ella. Sin embargo, ahora que los índices de popularidad de la monarquía española viven mínimos históricos, en buena parte gracias a las presuntas acciones del yerno del Rey y coincidiendo con la llegada del próximo aniversario de la proclamación de la II República en España, nos pareció el momento más pertinente para realizar una defensa total y absoluta del modelo de gobierno republicano.
A pesar de haber contado con dos repúblicas, una de ellas en nuestra historia reciente, la república es una forma de gobierno asociada a inestabilidad, violencia e, incluso, ha llegado a ser calificada como “dictatorial”. Procedemos a desarrollar los tres términos que, desde luego, no hemos escogido de manera baladí.
El primero de ellos: inestabilidad. El 14 de Abril de 1931 se proclama la II República tras las elecciones municipales del 12 de Abril, en las que 41 capitales de provincia eligieron a representantes republicanos. Siempre se ha intentado menospreciar la legitimidad de la II República alegando que en las zonas rurales ganó la representación monárquica. Sin embargo, numerosos historiadores coinciden al afirmar que esa victoria rural de la monarquía se debía más al caciquismo que a una defensa de la monarquía. Es curioso que aceptemos y critiquemos la manipulación de las elecciones que se hacen en otros países democráticos (véase el caso de Rusia que tanto ha salido en las noticias) y cuando se refiere a este suceso en concreto nos olvidemos del caciquismo y esgrimamos el argumento de que la República jamás debió instaurarse. Continuando con el término de inestabilidad, es preciso recordar la situación que vivía el mundo, asolado por una brutal crisis económica (crack del 29) y con el fascismo en pleno auge. Sin ir más lejos, Hitler llegaría al poder dos años después por medio de las urnas. Sí, señor, están leyendo ustedes bien, “por medio de las urnas”. Quizás la democracia no sea ese sistema tan perfecto que nosotros creemos, pero hace tiempo que ya nadie parece preguntarse por la existencia de un sistema mejor.
El segundo de ellos: violencia. A fuerza de adoctrinamiento durante la dictadura franquista se ha conseguido asociar el término de república con el de violencia. Desde luego, no podemos estar en mayor desacuerdo. Cabe destacar que en el momento de proclamarse, el gobierno provisional republicano escoltó al monarca depuesto hasta el puerto más cercano para permitir su exilio. Hasta la proclamación de la guerra civil, la violencia política que había en España era similar a la que sufrían otros países europeos y, en ningún caso, era institucional ni permitida por la República, que perseguía los crímenes políticos como cualquier otro gobierno hubiera hecho. La violencia desarrollada por ambos bandos en la Guerra Civil será tema de otra entrada por su extensión y polémica. Como dato curioso, hay que comentar que ambas repúblicas en España fueron terminadas abruptamente por golpes de Estado.
El tercero, el mejor de todos: dictatorial. Lo califico como el mejor de todos los términos porque es el que usa la Real Academia de Historia para definir el gobierno ejercido por Negrín (último gobierno que tuvo la República). Lo más asombroso es que la misma Academia, al definir la dictadura franquista no usa el término dictatorial, sino que habla de un régimen “autoritario, no totalitario”. Toda esta propaganda, esta revisión de la Historia, nos parece del todo inadmisible y con el añadido que esta biografía que está desarrollando la Real Academia de Historia está subvencionada con dinero público.
Ahora ha llegado el momento de levantar la voz para instaurar una nueva república. ¿Por qué? Se pueden preguntar muchos. ¿Por qué molestarnos en cambiar algo que no nos afecta personalmente? Además, con lo “simpático y campechano” que es el Rey, ¿no es así? En realidad, nosotros no dudamos ni de su amabilidad ni de su cercanía al pueblo, pero lo que sí es obvio es que la mera existencia de esa institución es incompatible con los derechos de los españoles. Derechos que hablan de la igualdad de todos ante la ley, que hablan de la igualdad sin distinción de sexo... todos estos derechos violados en la propia Carta Magna de 1978 en la que quedan reflejadas las trampas para beneficio de la monarquía. A continuación expresamos los ejemplos que nos han llevado a estas afirmaciones:
Artículo 14 de la Constitución Española:
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, sexo, religión, raza, opinión, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
En contraposición a este artículo, aparece el siguiente escrito expresamente para la protección del Rey:
Artículo 56:
La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65, 2.
Este artículo nos parece gravísimo ya que asegura total impunidad al Rey y, a tenor de los hechos ocurridos en relación con las supuestas acciones del Sr. Undangarín, la protección es extensiva a todos los familiares de la Casa Real. Así se comentó cuando empezó a cuestionarse la posibilidad de que la Infanta fuera citada como imputada o no.
Por ser nombrados, citamos a los artículos 64 y 65,2:
Artículo 64:
Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso.
Artículo 65, 2:
El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.
Por ser nombrado en el artículo 64 citamos el siguiente artículo:
Artículo 99:
Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los Grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.
Artículo 23:
Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
No obstante, los ciudadanos no tienen el derecho de aspirar a la Jefatura de Estado, como sí tienen el derecho de aspirar a la Jefatura de Gobierno.
Artículo 57:
La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.
Aquí se hace legal la discriminación entre hombre y mujer, en vez de establecer la sucesión en términos de edad. Por último, para los que siempre se preguntan qué es lo que hace exactamente el Rey, hemos añadido el artículo siguiente donde están recogidas sus competencias.
Artículo 62:
Corresponde al Rey:
- Sancionar y promulgar las leyes.
- Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución.
- Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución.
- Proponer el candidato a Presidente de Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución.
- Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente.
- Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes.
- Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente del Gobierno.
- El mando supremo de las Fuerzas Armadas.
- Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales.
- El Alto Patronazgo de las Reales Academias.
Por todo lo visto y por los siguiente motivos, consideramos que el gobierno adecuado sería una república:
Porque tanto que decimos que amamos la democracia, nos parece que se debiera elegir tanto la Jefatura de Gobierno como la Jefatura de Estado por medio de las urnas y no utilizar el argumento de la democracia para nuestros intereses únicamente.
Porque nos repugna el hecho de que exista hoy en día un cargo que sea hereditario y que el resto de ciudadanos no sean considerados dignos de ocupar dicho puesto.
Porque la monarquía instaurada en nuestro país al finalizar la dictadura ha gozada de una inmunidad absoluta, hasta el punto de no poder ser siquiera criticada ni objeto de burla. Solo hace falta recordar que la revista satírica “el jueves” fue retirada de los quioscos por orden del juez tras dibujar en su portada a los Príncipes de Asturias realizando el acto sexual. Consideramos este hecho una censura propia de otros tiempos.
Porque creemos que la institución monárquica es propia de siglos pasados y que, en la actualidad, no tiene cabida ni sentido en nuestra sociedad. Muchos podrán recordarnos las diferentes acciones del Rey pero, como hemos dicho al principio de la entrada, no estamos en contra del personaje en cuestión, sino de la figura que representa. También nos parece un argumento pobre el que se esgrime sobre la acción del Rey el 23-F como si tuviéramos que darle las gracias por posicionarse del lado constitucional y no en el de los militares golpistas. Es que ese era su deber.
Por lo tanto, de una manera pacífica y democrática, llamamos a la instauración de la III República elegida por y para el pueblo.